sábado, 28 de febrero de 2009

Estatutos de Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores

ESTATUTOS DELHONORABLE COMITÉ DE HUELGA DE TODOS LOS DOLORESUNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA

CONSIDERANDO
Que la Huelga de Todos los Dolores es una tradición de los estudiantes de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en la cual se exaltan los valores de justicia, democracia y solidaridad, para luchar en contra de todos los enemigos del pueblo de Guatemala.

CONSIDERANDO
Que todos los miembros del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, realizan múltiples actividades que deben traducirse en honoríficas, leales, dignas y sobre todo solidarias con la comunidad estudiantil de la Universidad de San Carlos de Guatemala y el combativo pueblo de Guatemala.

CONSIDERANDO
Que el ser parte del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores es un puesto de liderazgo y dignidad ante la comunidad en general, es importante mantener fieles todos los principios que dieron origen a esta manifestación del estudiantado, única en todo el mundo, para manifestar en contra de los abusos de poder de los gobiernos de turno, injusticias cometidas por la clase explotadora y los demás grupos que atentan contra la dignidad y superación de nuestro pueblo y de todas las naciones, especialmente las latinoamericanas.

CONSIDERANDO
Que el ser del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, representa una responsabilidad y no un privilegio, consientes que el formar parte de este comité es por convicción y no por obligación, nos comprometemos a cumplir todos y cada uno de los proyectos, para mantener viva la tradición de lucha y valor que ha caracterizado a los miles de estudiantes que en más de cien años han salido a las calles a reclamar los derechos de los guatemalteco.

CONSIDERANDO
Que a lo largo de estos años han sido muchos los mártires, que con la valentía y convicción de luchar a favor de los desposeídos de nuestro país, han sido asesinados por fuerzas enemigas de la lucha popular y la justicia social. En nombre de ellos y ellas juramos que la Huelga de Todos los Dolores debe ser año con año la mejor expresión de protesta por parte del estudiantado universitario.

POR TANTO
Aprobamos el siguiente reglamento del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, con el fin primordial de mantener firmes las bases que dieron origen a nuestra sacramentada Huelga de Todos los Dolores y ante los pies de nuestra venerada Santa Chabela, juramos cumplir lo siguiente

CAPITULO IPOSTULADOS
1. HONORABILIDAD: Todos los miembros del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, deben actuar con moralidad, decencia, nobleza y honestidad en todas las actividades que se realicen.
2. LEALTAD: Los miembros del Honorable deben guardar absoluta lealtad y fidelidad al Pueblo de Guatemala, a la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Huelga de Todos los Dolores, además la observancia rigurosa de que nunca se realicen alianzas oscuras con grupos ajenos a los intereses del pueblo guatemalteco, entre ellos partidos políticos, gobiernos de turno, militares y cualquier otra organización que atente contra los fines de la huelga.
3. SOLIDARIDAD: Los miembros del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, deben guardar absoluta solidaridad con los demás miembros del comité y los sub comités, además nunca emprender acciones que atenten contra su vida o su integridad física, así como tampoco revelar su identidad ante personas ajenas a esta organización.
4. INDEPENDENCIA: El miembro del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores debe mantener su total y absoluta independencia de intereses mercantilistas, políticos y de cualquier otra indole que atente contra los postulados de la tradición huelguera. También queda en completa libertad para denunciar ante el seno del Honorable cualquier acto anomalo de miembros de esta organización que atenten contra la huelga.

CAPITULO IINORMAS GENERALESARTICULO
1. El máximo órgano de dirección del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores es La Comisión Organizadora, que es convocado anualmente por la Asociación de Estudiantes Universitarios “Oliverio Castañeda De León”, y se desconoce a cualquier otra instancia de facta que pretenda realizar dicha convocatoria.
ARTICULO 2. La Comisión Organizadora estará integrado por un máximo de diez personas de reconocida trayectoria universitaria y de alta honorabilidad, que no este vinculado a grupos de poder en cualquier organismo del Estado, al ejercito o partido político que atente contra los intereses del pueblo de Guatemala. Es de estricta obligación que sea alumno inscrito en la Universidad de San Carlos de Guatemala.
ARTICULO 3. Cada miembro del Comité Organizador será responsable de una de las comisiones siguientes: ORDEN, ABASTOS, DECLARATORIA, FINANZAS, VELADA, ELECCIÓN DE REY FEATO, DESFILE BUFO, BOLETINES, DIVULGACIÓN Y ORGANIZACIÓN, las cuales podrán ser ampliadas dependiendo de las necesidades de cada año.
ARTICULO 4*. El Comité Organizador tiene hasta el quince de febrero de cada año, para convocar a todas las asociaciones estudiantiles de la Universidad de San Carlos de Guatemala, para que envíen a sus dos delegados, un titular y un suplente, a la entrevista que el Comité Organizador realizará en el lugar y fecha previamente notificado. Los delegados deben cumplir con las mismas calidades que los miembros del Comité Organizador.
ARTICULO 4* BIS. El delegado titular y suplente designados por las asociaciones estudiantiles, deberán presentar en el momento de la entrevista la carta de la asociación estudiantil donde conste su designación y la certificación original extendida por control académico donde conste que es estudiante de la unidad académica a la cual representa. Caso contrario el representante que no cumpla con estos requisitos no podrá ser aceptado tácitamente en el Honorable Comité de Huelga de Dolores.
ARTICULO 5. El Comité Organizador se reserva el derecho de aceptación de los delegados que sean designados por las asociaciones ante esta instancia, la no admisión deberá ser notificada por escrito al secretariado de cada asociación en un plazo no mayor de ocho días, que empiezan a correr desde el momento de la entrevista.
ARTICULO 6. Todos los miembros del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, están obligados a asistir a las reuniones generales que convoque el Comité Organizador, en el lugar y hora acordado. La primera falta a dicha reunión será sancionada con una llamada de atención ante el pleno, la segunda llamada de atención será una carta enviada a sus respectivos Honorables Sub Comités de Huelga, y la tercera y última falta significara la expulsión inmediata del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores. Se exceptúan los casos cuando existan causas justificadas, los cuales debe conocer el pleno en la siguiente asamblea, en la cual se rechazara o aceptara la excusa.
ARTICULO 7. La tradición huelgüera establece que el atuendo que identifica a los miembros del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, consiste en una sotana color negro y una capucha color negro, como popularmente ha sido reconocida. Por ningún motivo se debe sustituir este atuendo por otro de características similares, lo cual queda determinantemente prohibido.
ARTICULO 8. Los miembros del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, deberá asistir decorosamente a todas las actividades oficiales del comité, cumpliendo lo estipulado en el artículo seis del presente reglamento. Si un miembro del Honorable Comité no cumple con esta norma, deberá abstenerse de participar en cualquier actividad, y será amonestado por el pleno del Honorable. El atuendo del Honorable representa la dignidad y el honor que tiene el sancarlista por pertenecer a esta instancia, por lo cual esta norma debe ser de absoluto cumplimiento.
ARTICULO 9. A las asambleas del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, solo podrán asistir los miembros de este, y queda determinantemente prohibido que una persona ajena al Honorable pueda asistir a dichas asambleas, a no ser por audiencia que previamente le otorgue el pleno. Previo a iniciar cada sesión o asamblea, el presidente del Comité Organizador deberá verificar a través del presidente de la Comisión de Orden, que todas las personas que se encuentren en ese lugar pertenecen al Honorable. La seguridad en cada una de las reuniones queda obligatoriamente a cargo del presidente de la Comisión de Orden, que debe velar por el cumplimiento de esta y otras normas para garantizar la protección y clandestinidad de los miembros del Honorable.

CAPITULO IIIASAMBLEAS GENERALES
ARTICULO 10. La asamblea general del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, es el máximo órgano de decisiones administrativas y políticas, el cual será presidido por el presidente del Comité Organizador, quien velara por estricto cumplimiento de este reglamento, así como del quórum para tomar las decisiones correspondientes.En caso de ausencia del presidente del Comité Organizador, únicamente podrá ser un miembro del Comité Organizador el que presida las reuniones o asambleas.
ARTICULO 11. Todos los miembros del Comité Organizador tendrán derecho a vos y voto en todas las asambleas del Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores.Los delegados titulares de las unidades académicas ante el Honorable Comité de Huelga de Todos los Dolores, tienen derecho a vos y a voto, el delegado suplente tiene derecho a vos pero no a voto, a menos que el titular no se encuentre presente en la asamblea. Se exceptúa cualquier otro caso.
ARTICULO 12. Las asambleas serán convocadas por el Comité Organizador, por cualquiera de los medios que considere necesarios, las asambleas podrán ser ordinarias, extraordinarias y si el pleno del Honorable así lo considere se podrá establecer una asamblea permanente, cuando la situación así lo amerite.
ARTICULO 13. El secretario de actas de la Comisión Organizadora, llevará el registro de las decisiones que adopte el Honorable, llevará el registro de las asistencias y de la correspondencia oficial del Honorable.

DISPOCISIONES FINALES
ARTICULO 14. El icono que representa “La Chabela” es la máxima insignia de la Huelga de Todos los Dolores, por ende El Honorable Comité y los Honorables Sub Comités de Huelga de Dolores, deberán velar porque el mismo no sea modificado por otros diseños que alteren la originalidad y belleza de nuestra santa patrona La Chabela, guatemalteca auténtica.
ARTICULO 15. Es obligación del Honorable Comité y los Honorables Sub Comités de Huelga de Dolores, la realización y lectura de los boletines cada jueves o viernes de la cuaresma del año litúrgico.
ARTICULO 16. Es obligación del Honorable Comité y los Honorables Sub Comités de Huelga de Dolores, la realización de las elecciones a rey feo de su respectiva unidad académica, así como la presentación de obras teatrales.
ARTICULO 17. El Honorable Comité y los Honorables Sub Comités de Huelga de Dolores nunca podrán implementar nuevamente la política de recaudación a través de la talacha y salir a las calles de la ciudad con botes con el fin de recaudar dinero. La violación a esta norma, tiene como sanción la expulsión de la unidad académica de las actividades huelgüeras durante ese año.
ARTICULO 18. En el desfile bufo, que se realiza el viernes de dolores, queda determinante prohibida la utilización de indumentaria que menosprecie el respeto a las mujeres, así como, la agresión al público guatemalteco que cada año nos honra con asistir al desfile.
ARTICULO 19. Se reconoce como instituciones huelgüeras a la Santa Hermandad, al Santo Pueblo de la Facultad de Arquitectura, a Honorables Por Siempre y a las Comparsas de la Escuela de Ciencias de la Comunicación, las cuales deben mantener la unidad y la obligación de defender esta tradición centenaria. También el Honorable Comité de Huelga de Dolores de cada año, queda obligado a apoyar política y económicamente a estas para que puedan seguir efectuando su digna labor.
ARTICULO 20. El presente reglamento entrara en vigencia en el mismo momento de su aprobación, y podra ser ampliado o modificado con el proposito de perfeccionarlo y consagrar asi a la Huelga de Todos los Dolores, únicamente con el consentimiento unánime de todas las unidades académicas.Dado en la sede de la Asociación de Estudiantes Universitarios “Oliverio Castañeda De León”, en la Ciudad Universitaria, ante dignos representantes de esta centenaria tradición de lucha y valor a favor del pueblo guatemalteco, el diecinueve de enero de dos mil cinco.

Honorable Comité de Huelga de Dolores.

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